Con una resolución de 27 páginas, la Corte Suprema rechazó todos los recursos presentados por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad. De esta forma, quedó firme la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La decisión fue tomada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes desestimaron los planteos sobre imparcialidad, incorporación de pruebas y presunta violación de garantías constitucionales. El máximo tribunal consideró que el recurso extraordinario no cumplió con los requisitos formales para su tratamiento, por carecer de fundamentación autónoma.
La Corte descartó también el argumento de “cosa juzgada”, según el cual los hechos ya habían sido juzgados por la Justicia de Santa Cruz. En cuanto a la prueba cuestionada por la defensa —como el llamado “plan limpiar todo” introducido por el fiscal Luciani—, los jueces sostuvieron que no se trató de hechos nuevos ni de un nuevo delito, sino de elementos que contextualizaron la maniobra juzgada.
En su fallo, los magistrados respaldaron las decisiones del Tribunal Oral Federal N.º 2 y de la Cámara de Casación, indicando que las sentencias previas se basaron en “prueba abundante y evaluada conforme a la sana crítica racional”. Afirmaron que el proceso respetó el debido derecho de defensa y que las penas impuestas se ajustan al Código Penal.
Uno de los puntos más controvertidos del caso es que sólo se peritaron cinco de las 51 obras públicas por las que se formuló la acusación. Sin embargo, la Corte entendió que esa muestra fue suficiente para acreditar un patrón de irregularidades: sobreprecios, pagos anticipados, ampliaciones injustificadas y trato preferencial.
El fallo de la Corte no solo ratifica la pena de prisión sino también la inhabilitación perpetua, lo que deja a la expresidenta fuera de competencia electoral. A su vez, el Tribunal Oral solicitó que, en el plazo de cinco días hábiles, los condenados se presenten en Comodoro Py para notificarse de su situación procesal. También pidió al Ministerio de Seguridad que determine una dependencia federal adecuada para su posible detención.
Cristina Kirchner fue condenada por beneficiar al empresario Lázaro Báez mediante el direccionamiento de contratos de obra pública en Santa Cruz entre 2003 y 2015. La causa comenzó en 2016, tras una denuncia de Javier Iguacel, y derivó en un juicio oral iniciado en 2019.
La defensa denunció irregularidades procesales, parcialidad del Ministerio Público y vínculos políticos entre jueces del caso y el expresidente Mauricio Macri. Sin embargo, la Corte no consideró que esas cuestiones constituyeran un caso de “gravedad institucional”.
En su conclusión, el tribunal afirmó que “el debido proceso fue respetado” y que las condenas son “necesarias para proteger el sistema republicano y democrático”.
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